Telefonía móvil

A partir del mes de Diciembre del 2000, basándonos en experiencias y sentencias judiciales de otros países de la Unión Europea, comenzamos a estudiar la problemática que en cuanto a salud pública se podía desprender de la cercanía de antenas de telefonía móvil, instaladas sobre todo en las terrazas de los edificios.

Tanto a nivel de grupo como por parte de vecinos a nivel particular comenzamos unos contactos con el Ayuntamiento de Quart de Poblet explicándoles sobre la posible aplicación de medidas de restricción de instalación de estas antenas, ya que había estudios que alertaban sobre problemas serios de salud y habida cuenta de que las operadoras de telefonía móvil habían comenzado una caza sin cuartel de edificios que les permitieran colocar en sus terrazas estos equipos, a cambio del dinero, que en algunos casos llegaba hasta las 750.000 ptas anuales.

El Ayuntamiento hace sus gestiones y en pleno ordinario celebrado el 24 de Enero decide cancelar la otorgación de nuevas licencias para la instalación de antenas de telefonía móvil en el casco urbano de Quart de Poblet.

La Colla, al igual que muchos vecinos, creemos que la medida es correcta pero hay que agilizar sobre todo la información a los habitantes de la ciudad y decidimos durante el mes de Febrero y la primera semana del mes de Marzo sensibilizar a la población y hacer una recogida de firmas para pedir al Ayuntamiento la desconexión de dichas instalaciones, basándonos en una serie de artículos tanto de Régimen Local, como Estatal.

Comenzamos el buzoneo por toda la localidad de unas 2500 hojas informativas y al tiempo se va pidiendo a los vecinos que firmen una solicitud que les adjuntamos para remitirla al Ayuntamiento. En dicha solicitud se pide la desconexión urgente de las antenas.

Instalamos unas mesas informativas y de recogidas de firmas, ya que había algunas zonas de la población que por desconocimiento o por lejanía con respecto a estas instalaciones, ignoraban los peligros que esto podía suponer.

Mientras tanto comienzan a ser emitidas por los medios de comunicación tanto escritos como las quejas de los vecinos, incluso en Tele-5 sacan la hoja informativa que la Colla confeccionó.

Punt-2 emite una mini-noticia, ya que también los vecinos de los edificios que tienen antenas instaladas en sus terrazas comienzan a estar preocupados, sobre todo porque en los contratos (a los que la Colla tuvo acceso) no se les comenta nada al respecto de posibles secuelas de salud.

Los vecinos dan un nuevo paso y cuelgan de los balcones pancartas pidiendo la desconexión inmediata de las antenas. Igual sucede con algunos edificios donde hay antenas instaladas.

El 7 de marzo convocamos una Asamblea vecinal en el Salón de Actos del Ayuntamiento, informando de los pasos que se están dando. Al mismo tiempo ya sabíamos que el Consistorio estaba preparando un escrito que iba a remitir a las operadoras propietarias de las antenas de telefonía móvil instaladas en Quart de Poblet dándoles los plazos que exige la ley que son: 15 días para la desconexión cautelar de las antenas de telefonía móvil y otros 2 meses para la presentación de Proyecto de Licencia de Obra (ya que todas menos una carecían de la correspondiente Licencia de Obras y Licencia de Actividades Económicas necesarias para cualquier apertura de establecimiento o instalación de servicios) .

En efecto, el día 9 de Marzo el Ayuntamiento remite estos escritos y al no haber contestación alguna por parte de las operadoras se decide que el día 28 se va a proceder con la presencia de fuerzas de la policía municipal, técnicos electricistas y el abogado del Ayuntamiento a la desconexión de estas instalaciones.

Los abogados de Telefónica logran amedrentar a los técnicos municipales y tres antenas no son desconectadas , únicamente las otras dos quedan fuera de servicio.

Al día siguiente Telefónica presenta en el Juzgado nº 2 de lo contencioso administrativo de Valencia una demanda para pedir al Juez que anule la ordenanza municipal por la cual el Ayuntamiento iba a desconectar las antenas. El recurso se presenta porque Telefónica entiende que esas instalaciones son de bien y utilidad pública y el Juzgado decreta "orden provisionalísima de suspensión" del mencionado decreto municipal.

El Ayuntamiento presenta otro recurso pidiendo al Juzgado que anule "orden provisionalísima" siguiendo las sentencias del Tribunal Supremo, que marcan jurisprudencia, por lo cual un establecimiento o instalación se considera ilegal aunque sea de utilidad pública si este no tiene la preceptiva Licencia de Apertura de Actividades Económicas. La ley en este punto es muy clara y concisa e indica que se precintará y clausurarán todas aquellas instalaciones y edificios donde se produzca actividad laboral si no cuentan con la Licencia arriba mencionada otorgada únicamente por los Ayuntamientos.

La primera semana de Abril el Juzgado nº 2 de Valencia suspende "la orden provisionalísima de suspensión de Ordenanza Municipal" e informa a las partes de que las instalaciones deben ser desconectadas .

Para cuando presenten dentro del plazo de 2 meses las operadoras el Proyecto de Licencia de Obras, el Ayuntamiento ya habrá aprobado la Ordenanza Municipal que regula este tipo de instalaciones, entre otros puntos hablan de la necesidad de que no haya personas en un radio de acción de 200 metros.

Queremos agradecer a Pedro Belmonte de Ecologistas en Acción de Murcia toda la ayuda e información que nos ha prestado, sin la cual todo hubiese sido un poco más lento y complicado. Desde aquí animamos a todos los grupos de Ecologistas en Acción y a los ínternautas que accedan a esta información a continuar con el tema en otros lugares del país. Que disponemos de muchísima información que os podemos hacer llegar para ganarles otra batallita a las multinacionales, que por otra parte está muy bien.

COLLA ECOLOGISTA L'ÀLBER-ECOLOGISTES EN ACCIÓ DE QUART DE POBLET

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