El Consell elimina la prohibición de urbanizar en suelos forestales destruidos por incendios

 

Ecologistes en Acció critica la desprotección favorecida por la nueva ley del suelo en trámite

Maria Josep Picó, Valencia

El borrador de la Ley del Suelo no Urbanizable, elaborado por la Conselleria de Territorio y Vivienda, elimina la prohibición de urbanizar suelos forestales que hayan padecido los efectos de incendios. Este límite a la construcción, todavía vigente, está fijado por la Ley del Suelo no Urbanizable de la Comunidad Valenciana de junio de 1992. El anteproyecto de la Ley de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje tampoco recoge el veto a la reclasificación de terrenos quemados.

La norma del suelo -que se encuentra en tramitación tras la aprobación reciente del borrador por parte del Consell- considera que entre los territorios no urbanizables protegidos están «los comprendidos en espacios forestales, paisajísticos y ecológicos que estén sujetos a medidas de conservación o regeneración aprobadas conforme a su legislación protectora», según el artículo 4.1.d.

«Peligrosas incertidumbres»

Ecologistes en Acció denuncia «las peligrosas incertidumbres» que introduce la futura norma redactada en el departamento dirigido por Rafael Blasco «en cuanto a la real protección de importantes valores naturales o culturales que deberían ser más explícitamente protegidos», explicó a Levante-EMV el portavoz del colectivo, Carlos Arribas. A su vez, la supresión del freno a la reclasificación de suelos forestales que hayan padecido las causas de incendios «nos llena de preocupación porque el documento no supondrá la preservación de todos los suelos forestales de la Comunidad».

Arribas recuerda, además, que la protección que prevé ley forestal valenciana de 1993 para el territorio quemado remite a la ley del suelo no urbanizable. El artículo 59.1 de la normativa forestal establece que los terrenos forestales «que hayan sufrido los efectos de un incendio quedan sujetos a las prohibiciones de clasificaciones o reclasificaciones urbanísticas preceptivas en la ley 4/92 de 5 de junio relativa al suelo no urbanizable».

El artículo 2 de la Ley del Suelo no Urbanizable de 1992 se refiere a las nuevas clasificaciones por revisión o modificación del planeamiento urbanístico y su punto 4 estipula: «No se podrá clasificar o reclasificar como urbano, urbanizable o apto para la urbanización suelo no urbanizable que haya sufrido los efectos de un incendio forestal».

Construcción a ritmo desenfrenado

La Conselleria de Territorio y Vivienda ha enviado el borrador de la Ley del Suelo no Urbanizable -aprobado por el Gobierno valenciano el 28 de noviembre- a diversas organizaciones para obtener sugerencias previas a su discusión en las Cortes Valencianas. Ecologistes en Acció argumenta en su escrito remitido a la directora general de Planificación y Ordenación Territorial, Cristina Santamaría, que el anteproyecto de la norma «no supone ninguna protección frente al principal enemigo del medio ambiente y los espacios naturales valencianos que es el urbanismo depredador y su ritmo desenfrenado en la última década»..

«Por el contrario», la futura ley «alisa enormemente los obstáculos que pudieran existir con la actual norma de 1992 que quedará derogada», apunta Carlos Arribas. Los ecologistas destacan que no se justifica la necesidad de una ley.

Editorial

Malas noticias para el monte

Pedro Muelas

Los montes valencianos no han tenido mucha suerte en los últimos años. De acuerdo que ha habido planes de reforestación y se gastan dineros públicos en poblar las extensiones que los incendios y la progresión insaciable de las áreas residenciales han rasurado. Pero del monte quemado han nacido las explotaciones turísticas que rodean Terra Mítica. Del monte surgen las manchas incontroladas de urbanizaciones infinitas de la costa que ascienden hasta las más altas cumbres. Y todo ello se ha producido mientras han existido unas normas protectoras muy específicas y concretas para evitar, precisamente, que se pudieran provocar incendios en zonas en cuyo suelo se podría después construir. El problema es que, según nuestras noticias, en el borrador de la futura Ley del Suelo no Urbanizable se elimina esa prohibición específica y tampoco recoge el veto a recalificar el suelo quemado, fiándolo a toda la amplísima normativa más genérica que existe, lo cual es mucho fiarse.