Anulado "otra vez" el Decreto del Gobierno Valenciano que permitía cazar con parany
El Tribunal Superior de Justicia (T.S.J.) de la Comunidad Valenciana ha anulado el Decreto del Gobierno Valenciano, de 12 de septiembre de 2000, por el que se autorizaba la caza de tordos con parany, convirtiendo en ilegal desde ahora esta práctica "seudotradicional" valenciana. El tribunal afirma que el Consell «ha dictado una norma sin contar con las garantías científicas mínimas que aseguren la "selectividad" del método de caza con parany», como exige la normativa medioambiental.
La sala tercera de lo contencioso-administrativo estima así el recurso presentado por Acció Ecologista Agró y por el Instituto de Defensa de Ecologistas en Acción, representada por el abogado José Luis Ramos, contra el Consell, la Federación de Caza y el Club de Cazadores Apaval.
El tribunal, cuyo ponente es el magistrado Fernando Nieto, se apoya el informe pericial emitido el 23 de julio de 2002 por Germán López Iborra, del Departamento de Ecología de la Universidad de Alicante. Según este estudio, «la Generalitat Valenciana carece de discrecionalidad técnica para apreciar si las prevenciones a la caza de tordos con parany que introduce el Decreto 135/2000 constituyen un método selectivo».
La Generalitat estableció una serie de condiciones y requisitos en el Decreto 12-09-2000 para la «concesión de las autorizaciones excepcionales para la caza de tordos con parany en la Comunidad»; dichas condiciones y requisitos eran vulneradas por la practica totalidad de los cazadores como se demuestra en el artículo "Seguimiento por parte de Ecologistes en Acció de los "paranys" en 2001"; por otra parte, ¿como podemos entender a una asociación que se compromete a pagar las multas de sus asociados si son sancionados al inflingir las leyes que regulan su actividad cinegética? Las mafias actúan de esa manera, ¿debemos pues entender a APAVAL como una asociación de mafiosos?
A esta actividad se dedican alrededor de 4.000 personas de forma seudolegal en las tres provincias -3.198 en Castelló, 603 en Valencia y 67 en Alicante- y con una temporada hábil del 12 de octubre al 7 de noviembre.
«Realidad social»
«Sin desconocer la realidad social que se encuentra tras la redacción de la norma, junto con la necesidad de mantener el patrimonio cultural», el T.S.J dice que las leyes medioambientales aplicables en la Comunidad -según la normativa de la CEE- exigen que «quede probado la selectividad de todo método de caza de aves».
La resolución rechaza los datos científicos desarrollados a instancias de la Generalitat, porque «no prueban que el modelo de caza con parany que establece el Decreto y las condiciones de selectividad que éste impone garanticen de forma veraz y contrastada en el plano técnico, y científico la selectividad del método».
Este Decreto determinaba una serie de prevenciones, como la obligación de evitar la captura de aves no autorizadas, varetas y perchas, ligas y disolventes, y la recogida de los ejemplares caídos. No obstante, no detalla «cuáles son las medidas preventivas necesarias a fin de evitar la atracción de aves no objeto de captura».
El tribunal expone la «trascendencia cuantitativa del método», con unos 150 pájaros zorzales que pueden ser apresados, además de otras aves, y añade que «resulta notoriamente insuficiente una única prueba experimental realizada en un solo parany durante tres días».
La Generalitat Valenciana anunció que recurrirá ante el Tribunal Supremo la sentencia que declara la nulidad del decreto que autorizaba la caza con parany porque a su juicio es «contraria a derecho». El conseller de Medio Ambiente, Fernando Modrego, reiteró que la norma «garantiza la selectividad y no masividad de esta práctica».
El abogado de Ecologistes en Acció, José Luis Ramos, pidió ayer la dimisión del conseller Modrego, tras la sentencia del TSJ, «en compensación a los daños causados contra el entorno, que es un derecho fundamental». Esta entidad dice que el fallo «debe tener consecuencias sobre los técnicos del departamento, que han firmado informes contrarios al medio».
Éste no es el único procedimiento judicial abierto en contra del decreto contra el parany. La Comisión Europea ha interpuesto este mismo mes un recurso ante Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas contra el estado español por permitir este sistema de captura con liga en el territorio valenciano.
Artículo publicado por el periódico Levante el 27-09-02 (y modificado y ampliado por EAPV)