13 de noviembre de 2003
ECOLOGISTES EN ACCIÓ ALEGA AL PROYECTO DE “RESTAURACIÓN DEL BALUARTE DEL PRÍNCIPE EN LA MURALLA DE TABARCA (ALICANTE)” PROMOVIDO POR LA CONSELLERIA DE CULTURA, EDUCACIÓN Y CIENCIA DE LA GENERALITAT VALENCIANA Y LA DIRECCIÓN GENERAL DE COSTAS DEBIDO A SU IMPACTO EN EL PAISAJE DE LA ISLA Y EN LAS COMUNIDADES MARINAS DE LA RESERVA MARINA.
El proyecto promovido por la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia de la Generalitat Valenciana, incluye la construcción de dos escolleras que se ejecutan en dos zonas de la muralla: frente al Baluarte del Príncipe y el Baluarte Grande de la Concepción, por parte de la Dirección General de Costas del Ministerio de Medio Ambiente.
La Colla Ecologista d’Alacant-Ecologistas en Acción exige la reelaboración del proyecto y la retirada de este apartado referente a la construcción de dos escolleras, ya que considera que el paisaje de la muralla, que admiran los turistas a su llegada a la isla y desde la misma muralla, se vería seriamente afectado, malogrando las vistas de las fortificaciones de la isla. La introducción de grandes bloques de piedra frente a la muralla, con la finalidad de estabilizar la misma, perturba gravemente lo que se pretende proteger, debido principalmente a su gran impacto visual sobre la Muralla de Nueva Tabarca, que forma parte inseparable de un Bien de Interés Cultural,
Por otra parte, la Colla Ecologista d’Alacant-Ecologistas en Acción critica que se haya planteado la construcción de estas escolleras en una Reserva Marina sin haber realizado con anterioridad un estudio de impacto ambiental. Según la cartografía de las comunidades marinas de la Reserva Marina y observaciones propias, en el mismo emplazamiento de las escolleras existen importantes poblaciones del molusco Dendropoma petraeum. Las poblaciones de Dendropoma petraeum que se destruirían por la construcción de los dos diques forman parte del hábitat 1170 de la Directiva 92/43/CEE. Por otra parte las siguientes leyes y acuerdos internacionales protegen esta comunidad:
1. Consejo de Europa. Convenio para la conservación de la vida salvaje y hábitats naturales de Europa. Convenio de Berna 1976.
2. Instrumento de Ratificación del Protocolo sobre las zonas especialmente protegidas y la diversidad biológica en el Mediterráneo y anexos, adoptado en Barcelona el 10 de junio de 1995 y en Montecarlo el 24 de noviembre de 1996, respectivamente. Anexo II . Lista de especies en peligro o amenazadas.
3. Orden de 9 de junio de 1999 por la que se incluyen en el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas determinadas especies de cetáceos, de invertebrados marinos y de flora y por la que otras especies se excluyen o cambian de categoría. Concretamente en el B.O.E. nº. 148, de 22-06-1999, en el ANEXO I: Especies incluidas en el Catálogo se incluye en la lista de especies, subespecies y poblaciones catalogadas en la categoría "vulnerable".
Es por lo tanto inadmisible la construcción de estas escolleras, con el agravante de realizarse desde el mismo Ministerio de Medio Ambiente. Esta obra contribuiría a degradar aun más el paisaje terrestre de la isla, ya gravemente afectado por las construcciones realizadas por el Ayuntamiento en frente de la playa (Museo, chiringuitos, etc) y la construcción de bungalós en la zona de la muralla, afectando de forma severa además a poblaciones marinas protegidas.
Más información: Pablo Sánchez, tfno. 676048331