Alegaciones al Anteproyecto del parque eólico Serra Grossa y su Estudio de impacto ambiental.

 

Sr. Director Territorial

Conselleria de Industria y Energía

Servicio Territorial de Valencia

C/ Gregorio Gea nº 27

46009 Valencia

 

Dña. ......................................., mayor de edad de 30 años,con    NIF nº ....................., en  nombre y representación de “ADEA – ONTINYENT – Ecologistes en Acció” , y con dirección a efectos de notificaciones en C/  Bonavista nº 4-1ª; 46870 - ONTINYENT (Valencia)

EXPONE

PRIMERO

QUE  Según la Resolución de 24 de Julio de 2003 del Servei Territorial  d’Indústria i Energia  de Valencia , se encuentran actualmente expuestos a información pública (DOGV DEL 13-08-2003):  

1.- Anteproyecto del parque eólico Serra Grossa.

2.- Estudio de impacto ambiental del parque eólico Serra Grossa.

SEGUNDO

Que “ADEA- ONTINYENT- Ecologistes en Acció “ desea formular las siguientes

ALEGACIONES

QUE AFECTAN A LOS DOCUMENTOS ANTERIORMENTE CITADOS

1.- AFECCIÓN SOBRE EL PAISAJE

El EsIA del parque eólico en la página 80 se indica :

“ La fragilidad del paisaje será media-alta debido al elevado número de observadores potenciales”

También se indica en la página 116:

“El elemento singular más característico cuya visión puede verse deteriorada por la implantación del parque es la ermita de San Esteban ya que una alineación de aerogeneradores está prevista sobre la misma línea de cumbres donde se sitúa la ermita“

La ermita de Sant Esteve constituye un patrimonio histórico, cultural y religioso de incalculable valor y un elemento de referencia geográfica de primer nivel para la población de Ontinyent.

Ontinyent no puede permitir que el paisaje de la ermita de Sant Esteve se vea afectado por el parque eólico porque restará atractivo a la zona puesto que será bien visible, perfilando un horizonte lleno de aerogeneradores y artificializando el  paisaje.

El EsIA  hace referencia a la modificación del paisaje citado pero no indica nada más porque realmente no existe ninguna medida correctora frente al impacto tan brutal que constituyen los aerogeneradores.

Las fotografías que se exponen en el EsIA son bien indicativas de la afección gravísima al paisaje de la Vall d’Albaida..

Por consiguiente y tomando las consideraciones anteriores el impacto sobre el paisaje en la zona proyectada para el parque eólico Serra Grossa debería de considerarse como de magnitud muy alta , inmediato , irreversible , permanente y calificado como crítico.

2.- AFECCIÓN SOBRE LA VEGETACIÓN .

En la página 76 del EsIA del plan eólico de la Comunidad Valenciana realizado por la propia Conselleria de Medi Ambient se detalla :

“ Cuando se trata de formaciones climácicas , entendiendo como tales los carrascales ,sabinares ,quejigares ,alcornocales ,escasas en nuestro territorio el impacto sobre las mismas es inmediato , irreversible , permanente y considerado como crítico “

En la zona propuesta para el proyecto existen extensiones considerables de carrascal aclarado por la acción de los sucesivos incendios en especial el del año 1994.

En el EsIA del parque eólico en la página 42 se indica :

“La presencia de un coscojar ampliamente extendido en la Serra Grossa es una etapa de sustitución de los carrascales primigenios de los que quedan manchas repartidas por toda la Sierra.”

“El coscojar se encuentra extendido por la Serra Grossa por gran parte de las laderas y lomas suaves que configuran las partes más altas de la Sierra”

En el EsIA del parque eólico en la página 47 se indica :

El coscojar ( Ramno lycioidis- Quercetum-Cocciferae)  se encuentra protegido por la Directiva Hábitats 97/62/CEE Anexo I

En el EsIA del parque eólico en la página 51 se indica :

“El desarrollo del parque eólico afectará a comunidades de carrascal , coscojar , matorral y pastizal “

La memoria del Anteproyecto del parque eólico  indica ( página 6 ) que se abrirán 3708 metros de caminos de nueva construcción , con un ancho de 5 metros como máximo.

Por lo tanto como los aerogeneradores citados anteriormente afectan a una zona de  carrascal y considerando lo dicho en la pág 76 del  EsIA del plan eólico de la CV , el impacto sobre la vegetación en el proyecto del parque eólico debería ser  inmediato , irreversible , permanente y considerado como crítico.

3.- IMPACTO SOBRE ESPACIOS DE INTERÉS.

El proyecto afecta a un Área de Importancia Internacional para las Aves (IBA 160, “Sierras de La Safor y Norte de Alicante, 102.000 has).

Las Áreas Importantes para las Aves poseen el mismo valor intrínseco que las ZEPA declaradas en virtud de la Directiva 79/406/CEE, por lo que debe evitarse el deterioro de dichas áreas en cuanto son hábitats de especies amparadas por tal Directiva.

El Estudio  de Impacto Ambiental (EsIA) del proyecto no cita para nada esta zona IBA 160.

4.- AFECCIÓN SOBRE LA FAUNA

En el apartado 1.2.2.4 (pág 66)  del EsIA del parque eólico se dice

“aconseja clasificar la zona como de elvado valor ecológico”.

“ADEA- ONTINYENT- Ecologistes en Acció “ tiene conocimiento de la importancia ornitológica de la zona y que se debe, fundamentalmente, a la presencia de interesantes comunidades de aves ligadas al bioma mediterráneo y en especial las rapaces .

La importancia ornitológica de la IBA “Sierra de La Safor y Norte de Alicantese debe, fundamentalmente, a la presencia de interesantes comunidades de aves de montaña, entre las que destacan, por su densidad, Culebrera Europea (Circaetus gallicus), Águila-azor Perdicera (Hieraaetus fasciatus), Halcón Peregrino (Falco peregrinus), Búho Real (Bubo bubo) y Chova Piquirroja (Pyrrhocorax pyrrhocorax). (Fuente : SEO/BirdLife)

El Àguila-Azor perdicera a nivel estatal está incluida en el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas y catalogada en el Libro Rojo de los Vertebrados de España como en peligro de extinción (Atlas de las aves reproductoras de España  , SEO/BirdLife y Ministerio de Medio Ambiente , 2003).

El Estudio de Impacto Ambiental (apdo 1.2.2.5) evalúa el riesgo de colisión y abandono de nidos para el Águila-azor Perdicera y el Búho Real  que  presentan un elevado riesgo tanto en la fase de construcción como de explotación.

El Águila-Azor Perdicera es una de las aves más amenazadas de Europa, encontrándose en acusada regresión. El Estado Español acoge el 90% de la población europea, concentrándose principalmente en las comunidades mediterráneas, por lo que sobre éstas recae la responsabilidad de la salvaguarda de esta especie en Europa.

La Comunidad Valenciana acoge la segunda población más importante de Europa después de Andalucía , por lo que tenemos una gran responsabilidad para la conservación de la especie.

El EsIA no define el impacto sobre todas las especies de aves catalogadas en la zona y supedita al posterior Programa de Vigilancia Ambiental la evaluación del impacto que va a existir sobre las aves tanto sedentarias como migradoras.

El programa de vigilancia ambiental no puede garantizar que una revisión mensual durante dos años tenga la capacidad de valorar el impacto sobre las aves que puedan impactar sobre los aerogeneradores o la línea de evacuación.

En la página 82 del EsIA del plan eólico de la Comunidad Valenciana realizado por la Conselleria de Medi Ambient se dice :

“Se excluyen de las zonas aptas los pasos migratorios “

En el  mismo EsIA del parque eólico (pág 55) se detallan las especies migratorias de la zona. Tenemos conocimiento a través de SEO/BirdLife que la Serra Grossa es un lugar de pasos migratorios que no siendo masivos en cantidad sí son importantes en cuanto a las especies que los realizan.

Por lo tanto el impacto sobre determinadas especies de aves debería de considerarse como de magnitud muy alta , inmediato , irreversible , permanente y calificado como crítico (tal y como se considera en el apdo 4.3.2.3 del EsIA del Plan eólico de la C.V en la pág 80) y especialmente sobre las especies sedentarias.

4.- AFECCIÓN SOBRE EL SUELO  .

La memoria del Anteproyecto del parque eólico  indica ( página 6 ) que se abrirán 3708 metros de caminos de nueva construcción , con un ancho de 5 metros como máximo.

El EsIA debería considerar el  impacto en determinadas zonas de magnitud muy alta ,irreversible , permanente y calificado como crítico  debido a la elevada potencialidad de erosionar de forma grave el suelo y que la apertura de nuevas pistas solo puede agravar más la situación actual en especial después del incencio del año 1994 .

5.- CONSIDERACIONES  IMPACTO-VIABILIDAD

En la documentación del anteproyecto y concretamente en el anejo nº 1 (pág 7-8) y anejo nº 2  y el la página 28 del EsIA. se hace referencia a los resultados de las mediciones de viento realizadas en “L’alt de la Creu” y a las horas equivalentes anuales de funcionamiento del parque eólico.

El documento citado estima en 2281 horas anuales equivalentes de funcionamiento y una producción anual de 106.075 Mw·h con lo que el rendimiento se sitúa en el 26 % de la potencia nominal..

Tomando estos datos , el rendimiento de la instalación ( 26 % ) resulta sumamente bajo con respecto al impacto ambiental que va a generar.

“ADEA- ONTINYENT- Ecologistes en Acció “ considera que el impacto negativo que va a generar la instalación no se va a ver recompensado por el  rendimiento energético obtenido por lo que la ubicación de este parque no es beneficiosa.

6.- VALORACIONES FINALES

Todas las consideraciones descritas conducen  a desestimar el proyecto de parque eólico conjuntamente con la línea de evacuación del mismo.

 Por todo lo anterior:

ROGAMOS que tenga por presentado este escrito, por formuladas las alegaciones en él expresadas, rogándole unir este escrito al proyecto de referencia y se tenga en cuenta al dictar la oportuna resolución, en el sentido de desestimar la construcción del parque eólico Serra Grossa por su elevado impacto.

 

Ontinyent, 3 de Septiembre  de 2003

Fdo :      .